Gracias, Nathalie por tu aportación
sería más fácil que en penal también dijeran, como en civil: ejecuta el que conoció en primera instancia y punto
es que te estudias que en los juicios de faltas, ejecuta el que conoció del juicio (y se supone que es una excepción)
y te estudias el resto de la ejecución penal y resulta que casi siempre es el que conoció del juicio (por h o por b)
que si el supremo conoce en casación no ejecuta y se lo manda al de abajo para que ejecute
que si la audiencia conoce en apelación, no ejecuta... y ejecuta el juez de lo penal...
parece que la excepción es la regla
parece que nunca ejecuta el que dicta la firme