2. Las demandas que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles se decidirán:
a) En un juicio verbal, en todo caso
b) En un juicio ordinario o verbal, dependiendo de la cuantía
c) En un juicio ordinario, salvo que se trate de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia, en cuyo caso se decidirá en juicio verbal si la cuantía no excede de 6.000 euros
d) En un juicio ordinario
Hola hoy fui a hacer este test y en el pone que es la D pero yo creo q es la C no?

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